Colman: quienes violen normas sanitarias en una emergencia podrían sufrir hasta dos años de prisión
Interés General 15:00

Colman: quienes violen normas sanitarias en una emergencia podrían sufrir hasta dos años de prisión

La Comisión de Constitución y Códigos de Diputados aprobó la modificación del artículo 224 del Código Penal. Los cambios establecerán, una vez que la modificación sea aprobada por ambas Cámaras, un castigo máximo de 24 meses de prisión a quienes violen normas sanitarias en el marco de una emergencia sanitaria como la que estamos atravesando, informó a FM GENTE el diputado nacionalista Mario Colman.

El legislador, que promueve la modificación, dijo que este artículo tiene más de 70 años y precisó que “la violación de normas sanitarias ya tenía un castigo”. No obstante, el 2001, a través de una ley de urgente consideración, se le agregó “el daño como elemento de tipo penal, que lo vuelve inaplicable en este tipo de situaciones que vivimos”.

“No estamos agrandando la pena, ni nada de eso. Es la misma que estaba. Estamos modificando el artículo para que se pueda castigar”, porque ahora hay meras exhortaciones, “a aquellos que con su conducta irresponsable, violando normas sanitarias, pongan en peligro y en riesgo cierto la vida o la salud de las personas”, expresó.

“Antes se requería el daño y era imposible de probar”, por lo que prácticamente no se aplicó, subrayó.

Colman dijo que esto puede ser aplicable, por ejemplo, a quien incumple una cuarentena, en la emergencia que estamos viviendo. “Hoy por hoy, si esa persona va a un centro público, o a un supermercado, no tenemos sanción. Simplemente, un policía podría decirle: usted no debe estar acá; y si no se va, es desacato. Pero no hay una norma penal que avale que está incumpliendo una norma sanitaria”.

“La norma, como está concebida en este momento, requiere que haya contagiado a alguien, que haya lesionado su salud o que haya generado un daño de la salud pública. Y eso es una entelequia… Es imposible de probar que se hace un daño a la salud pública”, agregó.

“No hay que esperar que contagie a alguien”, advirtió.

El proyecto de modificación del artículo establece lo siguiente: "El que mediante violación de disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente en aras de evitar la introducción al país o propagación de una enfermedad epidémica o contagiosa de cualquier naturaleza, pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. La aplicación del máximo de la pena referida anteriormente estará especialmente justificada cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria por las autoridades competentes".

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