Incidentes en la Suprema Corte: tras cuatro años, procesaron a Patricia Borda por “atentado”
Interés General 15:30

Incidentes en la Suprema Corte: tras cuatro años, procesaron a Patricia Borda por “atentado”

El fiscal Gustavo Zubía confirmó a FM Gente que, finalmente, la justicia procesó sin prisión a la docente Patricia Borda por el delito de atentado, a raíz de los incidentes protagonizados hace cuatro años por un grupo de personas en la Suprema Corte de Justicia, cuando se procedía al traslado de varios jueces.

En las últimas horas, se informó que la justicia procesó a Patricia Borda –hermana de Irma Leites, dirigente de la Plenaria Memoria y Justicia-. Se le tipificó el delito de atentado, cometido durante raíz de la asonada realizada el 4 de noviembre de 2013 en la Suprema Corte.

Zubía, fiscal de esta causa, recordó que, en principio, en “la Suprema Corte de Justicia trató el caso de seis de los siete procesados y determinó que el delito de asonada era inconstitucional, Luego, un año después, Patricia Borda con su defensa presenta el recurso de incondicionalidad, y la Suprema Corte, integrada por otras personas, dice que el delito de asonada es constitucional”.

Señaló que si el máximo organismo del Poder Judicial “puede cambiar de un año a otro, imagínense lo difícil que es unificar criterios entre los operadores judiciales”.

“Lo interesante es que el delito de asonada ha sido descartado por una u otra vía. Y como yo apelé y dije que lo que había era un delito de atentado, hoy, cuatro años después, otra jueza, la Dra., Blanca Rieiro, emite su pronunciamiento y dice que el fiscal tenía razón, que hay que procesar por el delito de atentado porque se agredió a los funcionarios públicos en aquel momento -sobre todo a los ministros de la Suprema Corte, a los policías y a los administrativos-. Y fue con violencia porque se pretendía estorbar los actos que se pretendían llevar a cabo, que era el traslado de varios jueces”, señaló.


“La jueza, en una larga sentencia, dice que corresponde el delito de atentado”, agregó.

Apuntó que el procesamiento es “sin prisión”, ya que la magistrada entiende que, a cuatro años de los hechos, “las causales que podrían ameritar la prisión a su juicio no son de aplicación. A mi juicio son de aplicación, aún a cuatro años de los hechos”, consideró. “Si se apela esta sentencia, yo también me adheriré al recurso de apelación y solicitaré que se haga efectivo el procesamiento con prisión de las personas por estos hechos, que fueron gravísimos”.

“Bueno… Cuatro años después una de las personas involucradas inicia el proceso. Veremos si mis nietos ven como culmina esto con respecto a las otras personas involucradas”, indicó.

Se recordó que en 2016, un año después de que un tribunal especial declarara inconstitucional el delito de asonada, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) revisó el caso y falló en sentido contrario.

El extupamaro Jorge Zabalza, el secretario general del sindicato de municipales de Montevideo (Adeom), Aníbal Varela, y los activistas Álvaro, Diego y Eduardo Jaume habían presentado un recurso de inconstitucionalidad tras ser procesados sin prisión por la entonces jueza penal Gabriela Merialdo y el fiscal Zubía por la protesta en la sede de la Suprema Corte, en febrero de 2013, en contra del traslado de la jueza Mariana Mota de una sede penal a otra civil. También fueron procesados Borda y Leites.

Al ver que el recurso de inconstitucional tuvo andamiento, Borda también presentó un recurso ante la Suprema Corte de Justicia. Pero en un segundo fallo sobre el delito de asonada, la Corte, ahora con una nueva integración, cambió de criterio. Los nuevos integrantes consideraron que dicho ilícito es constitucional.


Foto: El País.

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