Procesaron a conductor que causó la muerte de motociclista
Policial 16:00

Procesaron a conductor que causó la muerte de motociclista

V.R., un hombre de 57 años de edad que el domingo participó de un incidente al volante de su camioneta que provocó la muerte de un joven motociclista que viajaba sin casco, fue procesado sin prisión en las últimas horas pese a que tenía 2,67 gramos de alcohol por litro de sangre, informó la policía.

Todo pasó en un instante, a las 11 de la noche del domingo. V.R. iba en su camioneta Channa por la calle Benito Nardone, de sur a norte, en Cerro Pelado.

Al llegar a la esquina con Córcega y según la primera información relevada en el lugar, apareció una moto Winner con motor de 125 centímetros cúbicos de cilindrada conducida por un hombre de 27 años de edad que viajaba sin casco protector de su cabeza.

V.R. intentó doblar frente al barrio Los Aromos por Córcega a su izquierda cuando el motociclista impactó sobre el costado derecho de la camioneta.

Traducido: en una esquina sin cartelería que limite los derechos, el paso lo tiene quien circula por la derecha. En este caso, el motociclista apareció desde la derecha del sentido de circulación de V.R., por consiguiente le asistía la preferencia de paso. Esa preferencia no fue respetada de acuerdo a la información sobre cómo ocurrió el episodio.

El conductor de la moto dio contra el pavimento. Personal médico de una unidad de emergencia móvil que llegó al lugar lo único que pudo hacer fue certificar el fallecimiento del conductor de la moto a causa del golpe que sufrió.

V.R. fue sometido a control de espirometría y se constató que llevaba 2,67 gramos de alcohol por litro de sangre. Las disposiciones vigentes dicen que el único registro admitido para conducir es cero gramo de alcohol en sangre.

El juez letrado de segundo turno dispuso el lunes que se sometiera el cadáver del motociclista a pericia forense, se realizara el peritaje técnico sobre los vehículos involucrados en el incidente, y que la policía Técnica elaborara una hipótesis sobre la forma como se sucedieron los hechos.

En las últimas horas, con los resultados de las pericias técnicas, el magistrado en lo Penal rubricó el acto de procesamiento de V.R. por haber cometido un delito de homicidio culposo.

Como medida sustitutiva de la prisión, el magistrado ordenó que V.R. no podrá conducir ningún tipo de vehículo en los próximos dos años.

TODO LO QUE DICE UN ACTO JUDICIAL SIMPLE

En el acto de procesamiento el juez debió internarse en la cabeza del conductor de la camioneta, según establece el catedráticode Derecho Penal, profesor agregado de Criminología y Director delInstituto
Uruguayo de Derecho Penal, Miguel LangónCuñarro, en su ficha “Dolo, culpa, y ultraintención”.

El juez del caso indicó que V.R. debía responder por culpa ante la consecuencia de sus actos, la que dada la circunstancia está cerca de la ultra intención del causante del incidente, lo que conllevaría una pena mayor.

Langón aclara que “la ley uruguaya no castiga la mera conducta, sino la conducta productora de un resultado de daño o de peligro” y que “castiga pues el resultado al punto de que, si el mismo no ha podido serprevisto por el agente,resulta impune”.

El acto de procesamiento dijo que V.R. no tuvo una actitud deliberada de que su desempeño le condujera a un acto delictivo, pero que al existir el acto con un resultado irreparable, incurrió en acción dolosa, es decir, en un acto o de una omisión imprudente o negligente quele originó responsabilidades por la muerte del motociclista.

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