Solicitan se declare bien patrimonial la casona de Gorlero
Interés General 10:00

Solicitan se declare bien patrimonial la casona de Gorlero

En una nota firmada por su presidente y su secretario, la agrupación Ciudadanos (PC) solicitó a la Intendencia y a la Comisión Departamental de Patrimonio que la casona de 18 de Julio y Treinta y Tres sea declarada sea declarada como “Bien Patrimonial, Histórico y Arquitectónico” para que se mantenga ediliciamente “como un símbolo más de nuestra identidad e historia”. Un pedido en el mismo sentido fue realizado por los ediles Joaquín Garlo y Susana Hernández (FA).

En la nota también manifiestan su “preocupación” ante el inminente remate de la propiedad que fuera la casa del primer intendente del departamento, Juan B. Gorlero.

Sostienen también que su arquitectura, así como haber sido el hogar de Gorlero, “marcan una época de nuestra historia” y que, por eso, consideran “de gran importancia que sea mantenida tal cual”.

En estas razones basan su pedido, que se suma a otras voces de vecinos que por estos días se han hecho pública su preocupación por el futuro de la propiedad.

En ese sentido, el viernes, los ediles Joaquín Garlo Alonsopérez y Susana Hernández solicitaron, también a la Comisión Departamental de Patrimonio, que el inmueble sea declarado bien de interés patrimonial histórico cultural.

Como se informó, la “casona de Gorlero” saldrá a remate, en el marco de una ejecución hipotecaria, el próximo 10 de noviembre. Garlo y Hernández afirmaron que “no cabe ninguna duda que la propiedad de referencia forma parte del patrimonio histórico y cultural de nuestra ciudad. El inmueble es innegablemente parte de la mística que conserva a duras penas el centro de Maldonado”.

“Hasta donde llega nuestro saber (la propiedad) no se encuentra dentro de los bienes inmuebles protegidos jurídicamente por el Decreto Nº 3844 ni existe planteo en tal sentido. Por estas razones es que sugerimos a la Comisión que se declare como bien con significación patrimonial histórico cultural con el mayor nivel de protección previsto en el mencionado material normativo, disponiéndose el relevamiento del inmueble, su estado y su condición actuales”.

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