Suprema Corte dio la razón a Susana Giménez y desestimó demanda del casero de La Mary
Interés General 07:30

Suprema Corte dio la razón a Susana Giménez y desestimó demanda del casero de La Mary

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) falló a favor de la diva argentina Susana Giménez al no hacer lugar a una demanda laboral presentada por el excasero de su chacra en Maldonado "La Mary", quien reclamaba US$ 100.000 por supuestas horas extras impagas y ajustes salariales no realizados.

El viernes 7, la SCJ resolvió declarar inadmisible el recurso presentado por el excasero de la mansión de la artista porque el reclamo no supera el importe equivalente a 4.000 Unidades Reajustables (US$ 137.134), informa el diario El País.

La Corte señaló que la casación —un juzgado en primera instancia y un tribunal de apelaciones habían desestimado la demanda del casero— fue presentada con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 17.243 y dado que el monto no supera el mínimo legal habilitante de 4.000 Unidades Reajustables, la Corporación concluye que el recurso interpuesto por el excasero de Susana "resulta inadmisible".

El fallo de la Corte, al que tuvo acceso El País, señala que la demanda del excasero de "La Mary" es por $ 2.673.651 (US$ 100.000). La Corte tomó el valor de la Unidad Reajustable de marzo de 2014 cuando se inició la demanda ($ 721,09). Ello debidamente reajustado da un total de 3.895 U.R. "La cifra conduce a concluir que no se alcanza, en el caso, el mínimo legal habilitante", sostiene el fallo.

Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia concluyó que el recurso de casación presentado por el excasero es improcedente.

Dicho fallo fue aprobado por mayoría de la Corporación. Fue votado por los ministros Jorge Larrieux, Jorge Chediak y Felipe Hounie.

El abogado de Susana Giménez, Pablo Correa, dijo que la Justicia en primera y segunda instancia debió analizar si un casero de una mansión es un personal jerárquico o no. "Este es un caso líder. Servirá a los múltiples extranjeros que sufren las demandas de caseros, quienes reclaman el pago de horas extras como si trabajaran todo el día", agregó.

En el caso de la mansión "La Mary", que la diva tiene hace décadas en Maldonado y la utiliza como residencia de verano, hay siete empleados. El casero oficiaba de mayordomo dando órdenes a estos trabajadores. "El casero era un personal de confianza y jerárquico. Es muy importante que la Justicia lo reconozca como un jefe", insistió Correa.

Recordó una demanda laboral que le inició un casero a un multimillonario árabe, que poseía una residencia en Montevideo. Agregó que, en primera instancia, el empleado obtuvo una sentencia favorable por US$ 200.000. El caso derivó en un Tribunal de Apelaciones. "Allí el empleado consiguió una sentencia por US$ 50.000. El árabe pagó", dijo Correa.

El excasero de "La Mary" es oriundo de Cerro Largo. Tras ser despedido por la diva, se radicó en ese departamento. En 2013, el excasero dijo que ganaba US$ 2.000 por mes mientras trabajaba con Giménez y agregó que llegó a trabajar entre 12 y 16 horas por día. Además, conducía los automóviles que tenía la diva en Uruguay y su hija era ahijada de Susana.

Uno de sus allegados le hizo ver que, de acuerdo con la legislación uruguaya, le debían abonar ajustes salariales retroactivos. "Ella me ofreció US$ 17.000 y cuando me fue a pagarme me quería dar solo US$ 12.000. Yo no quise firmar y me cesó".

El fallo en primera instancia de la Justicia de Maldonado no hizo lugar al reclamo del excasero, quién pretendía que Susana Giménez (María Giménez Aubert) le pagara supuestos beneficios salariales impagos. El 15 de marzo de 2016, los caseros apelaron dicha sentencia ante un Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 3° Turno. Dicho tribunal centró su análisis en determinar si el demandante detentaba un cargo de especial confianza como lo entendió la Justicia en primera instancia o si por el contrario su calidad de casero le impedía desempeñar tal categoría. "En la relación que unió a las partes (la diva y su casero) se evidencian la gran mayoría de los elementos que se requieren para considerar al empleado personal superior. Por ende excluido del cobro de horas extras", falló el tribunal.

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