Más de 70 organizaciones ambientales piden que se retiren artículos de la LUC sobre áreas protegidas
Interés General 12:00

Más de 70 organizaciones ambientales piden que se retiren artículos de la LUC sobre áreas protegidas

Mauricio Álvarez, integrante de COENDU (Conservación de Especies Nativas del Uruguay), informó a FM GENTE que unas 70 organizaciones ambientalistas presentaron una nota a los legisladores que vienen tratando el proyecto de Ley de Urgente Consideración (LUC), para que solicitarles que se retiren los artículos que modifican la norma sobre áreas protegidas.

“Ayer fuimos recibidos por la Comisión Especial de Diputados que está tratando la LUC. Y aparte de hacer nuestro plateo de por qué esos artículos deben retirarse, más allá de que ya no tengan la redacción original, también presentamos una carta. Al final se presentó con unas 70 adhesiones. Y todavía nos siguen llegando adhesiones”, sostuvo.

“Vamos a ver si la semana que viene hacemos una nueva entrega a los diputados… Estas organizaciones comparten con nosotros el pedido de que esos artículos sean retirarás de la ley”, explicó.

Álvarez dijo que se trata “de los dos últimos artículos, que hoy son el 474 y 475… Antes eran el 500 y el 502. Esos artículos modifican la ley de áreas protegidas”.

“Agregan algunos elementos, a la hora de crear o ampliar un área protegida. Básicamente, ellos son que se deben crear áreas protegidas en acuerdo con los gobiernos departamentales y siguiendo las disposiciones vigentes de ordenamiento territorial”, indicó.

El integrante de COENDU sostuvo que “esto dos elementos, que pueden parecer menos, a la hora de crear un área protegida, pueden ser hasta graves. Hoy hay una participación municipal, de las intendencias, pero es de intercambio y no con poder de veto”.

“las últimas ampliaciones y creaciones de áreas protegidas no fueron bien recibidas por algún intendente”, recordó. “Este es un asunto de importancia nacional. Pero cuando se va más a lo local, los intendentes están más sensibles a la problemática particular”, expresó.

Además, dijo que “la disposición sobre el ordenamiento territorial, deja a las áreas protegidas supeditadas… Eso puede significar, por ejemplo, que si está catalogada para industria fabril, urbanismo, prioridad forestal o minera, por más que se declare, luego no podría impedir que esas actividades se lleven adelante”.

“Eso sería una paradoja, porque no se cumplirían los objetos de preservación”, afirmó.


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