El edil por el Frente Amplio Leonardo Delgado se refirió a la suspensión de la Audiencia Judicial convocada con motivo de un pedido de acceso a la Información Pública presentado por el mencionado curul y su colega Fermín de los Santos, y destacó las declaraciones del especialista Edison Lanza sobre el tema.
El pasado miércoles la jueza María Constanza Farfalla suspendió la audiencia luego de la demanda judicial de acceso a la Información Pública que realizaron a fines de octubre los ediles, por datos que reclamaban a la IDM desde fines de 2016.
Para Delgado ese recurso presentado es “un manotazo de ahogado” de la IDM.
“Nos llama poderosamente la atención el recurso que presenta la Intendencia de la inconstitucionalidad de una ley que está en vigencia, que se aprobó en el año 2008 y que ha sido ejecutada en varios casos”, dijo el edil.
“La IDM, por ocultar la información, presenta un recurso contra una ley que justamente lo que hace es transparentar los actos públicos de los gobiernos departamentales y los entes”, explicó.
Delgado señaló que el tema “no tiene dos lecturas” ya que la “ley de acceso a la información pública es clara” y dijo que el “recurso presentado no tiene antecedentes”.
El frenteamplista espera que la resolución de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sea “rápida”.
El edil se refirió a las declaraciones recogidas por La Diaria de Edison Lanza, relator especial para la Libertad de Expresión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que consideró “disparatado” lo presentado por la IDM.
Según el periódico montevideano, Lanza mencionó que el derecho a la información pública se deriva de “las garantías fundamentales que establece nuestra Constitución, de la forma republicana de gobierno que adopta el país y también de los instrumentos internacionales que el país ha ratificado, como la Convención Americana de Derechos Humanos [conocida como el Pacto de San José de Costa Rica] y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que garantizan a todas las personas el derecho a buscar y recibir información”.
Al reconocerse el derecho a la información pública como un derecho humano y fundamental, para Lanza es “disparatado” el planteo de la IDM, “en el sentido de que por ser ediles pierdan el derecho inherente a su persona”.
Delgado destacó las declaraciones de Lanza para sostener y fortalecer su opinión respecto al tema.
Entre los asuntos que los curules querían conocer figuraban asuntos concernientes tres Direcciones Generales (Administración y Recursos Humanos, Integración y Desarrollo Social y Hacienda) y que abarcaban varios temas: situaciones funcionales, ingresos a la administración, créditos presupuestales, sanciones, recaudación departamental, ampliación de información de Rendiciones de Cuentas, gestión de Centros de Atención Infantil de Verano, entre otros.
Las 17 solicitudes fueron contestadas de forma negativa, con un informe de la Asesoría Jurídica de la IDM a cargo de la Dra. Adriana Graziuso, que establecía: “En razón que el solicitante es Edil Departamental, debe canalizar sus pedidos a través del procedimiento previsto en la Constitución de la República, el art. 284. Además, como Edil, no puede tramitar asuntos particulares o propios de ningún tipo ante el Gobierno Departamental, por lo que le está vedado recurrir al prescripto por la Ley de Acceso a la Información Pública ya que en la Constitución no existen excepciones al respecto, conforme su art.291 nral 2º, cuya inobservancia implica la pérdida inmediata del cargo art.292 de la Constitución patria; siendo la situación presente, de estarse tramitando un asunto propio puesto que lo hace en forma personal y el propio Edil así lo afirma en su escrito".