Les otorgó en un plazo de 30 días para que procedan a la limpiarlos, bajo advertencia de que si no cumplen el Municipio hará la tarea y luego se las cobrará.
El costo podrá ser imputado a la Contribución Inmobiliaria del ejercicio siguiente, además del recargo del 20%, en aplicación del decreto 3732 del artículo N° 9; bajo apercibimiento.