El hombre presentó fractura del caballete nasal, y otras posibles quebraduras varias de huesos. Se lo trasladó para realizarle una tomografía. El cuerpo médico estableció que estaba ante un caso de lesiones graves.
Una disposición legal obliga a las instituciones de asistencia médica a dar cuenta a la policía cuando enfrentan, entre otros, casos que implican lesiones corporales causadas por terceros.
Debido a la indagatoria que desató el aviso a la policía de la Seccional 1ª, sobre la presencia de este paciente en la institución de salud se supo que había sido agredido por P.V.D. de nacionalidad española, conductor de uno de los vehículos con taxímetro que frecuentan la parada.
PROCESADO Y ORDEN DE EXCLUSIÓN
A partir del cuadro médico del agredido se dio intervención a la juez en lo Penal de 4º turno la que dispuso le llevaran a P.V.D. a su despacho, donde revisó el caso e interrogó al iracundo conductor.
La magistrado concluyó su actuación primaria en el caso estableciendo que estaban los elementos para imputarle a P.V.D. la autoría de un delito de lesiones personales.
Ordenó que en lugar de cumplir con una pena de prisión, se le imponga la prohibición de acercarse o comunicarse de manera alguna con el denunciante durante el transcurso del resto del proceso, y estableció que cumpla con arresto domiciliario de cumplimiento efectivo por el lapso de 60 días.
El caso continúa sustanciándose y no está cerrado porque habrá que ver si las lesiones sufridas por el agredido no le impiden seguir ganándose la vida con ese trabajo, de lo que podría recaer responsabilidad adicional sobre el agresor.