El evento ocurrió en marzo de 2021 y habría reunido a más de 500 personas sin respetar las medidas sanitarias vigentes en ese momento.
Sin embargo, el Tribunal no analizó si la fiesta estuvo bien o mal, sino cómo se hizo el proceso para sancionar. En ese sentido, entendió que el Ministerio de Salud Pública no tuvo en cuenta pruebas que había presentado el empresario para defenderse.
Por ese motivo, se consideró que se vulneró su derecho de defensa y se decidió anular la multa.
De todas formas, la resolución no cierra el caso. El Ministerio podrá iniciar nuevamente el proceso, pero esta vez cumpliendo con todos los pasos y garantías correspondientes.