La interrupción del pago en el mes de enero o febrero, aún por única vez, ocasionará que se pierda la bonificación acumulada y ésta recién volverá a generarse a razón del 1% anual a partir del segundo ejercicio en el que se verifique consecutivamente.
La Contribución Inmobiliaria se reajusta a partir de este año en el orden del 9.46%.