También podrán hacerlo quienes fueron registrados de oficio en la Administración de los Servicios de Salud del Estado.
El trámite deberá realizarlo personalmente el titular con cédula de identidad, en la nueva institución de asistencia médica elegida, no siendo necesario concurrir a las oficinas del BPS, ni a su institución de asistencia médica anterior.
Se recuerda que no se admite la comparecencia de terceras personas para realizar el trámite, ni está permitido recibir pagos por afiliarse a determinada institución.
En esta instancia, el Banco de Previsión Social intensificará los controles para evitar o sancionar cualquier irregularidad.
Los cambios realizados entre el 1 y el 10 de febrero tendrán vigencia a partir del mes de febrero y los que se realicen a partir del 11 de febrero, regirán a partir del 1° de marzo.