Sin embargo, según confirmó FM GENTE con fuentes del caso, durante la audiencia en la que Correa fue condenado, el magistrado advirtió que el abogado de la víctima no había sido notificado y dio orden a una funcionaria que se comunicara vía telefónica con él. La audiencia se detuvo mientras se cumplía con el mandato del juez y, una vez realizado, la funcionaria que contactó al abogado regresó y comunicó que el profesional le había comunicado que no concurriría y que se realizara la audiencia sin su presencia.
Asimismo se indicó que "frente a la sentencia de prisión que supone la suspensión de la ciudadanía según el Art. 80 numeral 4 de la Constitución de la República, haremos los trámites necesarios para su cumplimiento".
El artículo 80 de la Constitución es el que establece los casos de suspensión de la ciudadanía. En el fallo del caso Correa, que según los datos manejados por FM GENTE está firme ya, el nacionalista no fue condenado a la inhabilitación del cargo u oficio.
Por otra parte, Jaurena y Lages anunciaron que concretarán la denuncia civil por daños y perjuicios tras los trámites correspondientes ante la justicia.
Foto: Carlos Praino para FM GENTE