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balneario buenos aires, accion de amparo
Policiales y Judiciales 13:15

Justicia ordena desalojar a una familia y desestima acción de amparo radicada por razones humanitarias

Una mujer de 36 años con discapacidad motriz está en juicio con el Ministerio de Vivienda luego de que la Justicia ordenara su desalojo. Radicó una acción de amparo donde exige una solución habitacional para ella y sus dos hijos mellizos de 13 años, ambos adolescentes con TEA y TDAH, pero fue desestimada.

Por Paola Díaz.


Natalia tiene una discapacidad físico motora conocida como hemiparesia. Esta condición congénita afecta el lado derecho de su cuerpo.

La discapacidad la obliga a una marcha parética y limita significativamente su fuerza y destreza motora, lo que ha condicionado su inserción laboral.

Natalia tiene dos hijos mellizos de 13 años con trastorno del espectro autista (TEA) y trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH). Informes técnicos de un centro de neurodesarrollo infantil de Maldonado señalan conductas de desvío del desarrollo en ambos menores, baja tolerancia a la frustración y dificultades en el relacionamiento. Asimismo señalan que requieren apoyos terapéuticos constantes de fonoaudiólogos y psicomotricistas.

Hace nueve años la familia vive en el balneario Buenos Aires, en una cabaña que Natalia construyó en un predio que estaba en apariencia “abandonado”. Sin embargo, luego de varios años los propietarios del inmueble iniciaron una demanda y en el 2024 llegaron a un acuerdo para que entregara el terreno.

“Yo quiero entregar la casa y cumplir con la orden judicial, somos respetuosos de la Justicia y no queremos quedarnos con lo ajeno. Pero estamos en una situación crítica y desesperada”, escribió en una carta pública.

La Justicia ordenó el lanzamiento de la vivienda y la solución propuesta es que la familia ingrese de forma transitoria a un hogar de madres con hijos del Ministerio de Desarrollo Social (Mides).

El abogado Daniel Chaves, representante de Natalia, radicó una acción de amparo contra el Ministerio de Vivienda por razones humanitarias, donde solicita una solución habitacional urgente, amparándose en el artículo 45 de la Constitución de la República que establece el derecho a la vivienda.

La acción de amparo fue desestimada el pasado 26 de diciembre de 2025. En esa sentencia de primera instancia, a la que accedió FM GENTE, la jueza Lourdes Calcerrada señala que “no existe explicación de por qué se acciona contra el Ministerio” y entiende que “otorgar una vivienda por la vía judicial, tal como lo pretende la actora (Natalia), implicaría una violación al principio de igualdad”.

“Existen muchas familias en situaciones graves y con urgencia de acceder a una vivienda; sin embargo, están en lista de espera cumpliendo la normativa requerida a los efectos de acceder a la misma”, agrega en su alegato.

La sentencia también señala que es “irracional” pretender e “imposible de concretar en los hechos” que el Estado “deba satisfacer en forma inmediata y a toda demanda una solución habitacional”.

La defensa de Natalia apeló la sentencia y prevé que para este mes de enero haya una resolución al respecto.

En una carta enviada a los medios de comunicación manifiestan que “tal como lo advierten los profesionales en TEA, un refugio es el peor lugar para un niño con autismo. El ruido, la gente extraña, el hacinamiento y la falta de privacidad provocarán un daño irreparable en su salud mental”.

“El Estado, que por ley debe protegerlos, los está empujando a una crisis de salud, violando su deber de protección”, añaden.

En la sentencia mencionada anteriormente la magistrada afirma que Natalia es “jefa de hogar, con discapacidad, cargas familiares, de contexto socioeconómico vulnerable y con escasas redes de apoyo”.

También señala que el informe sobre las características de su núcleo familiar, elaborado por una licenciada en Trabajo Social del Ministerio de Vivienda, determina que su situación "excede lo habitacional” y sugiere que ingresen de forma transitoria a un hogar del Mides para recibir "acompañamiento de equipo técnico" y acceder a las consultas médicas y prestaciones sociales necesarias "que le permitan cubrir las necesidades básicas y mejorar su calidad de vida".

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