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Salud 12:20

Caso Moratorio: abogado explicó los pasos legales para reclamar medicamentos que el Estado no cubre

Fernando Torres habló sobre los posibles caminos cuando el Estado niega una cobertura médica.

En el marco del caso de Gonzalo Moratorio, el científico uruguayo que reclama acceso a un medicamento para tratar su tumor cerebral no incluido en el listado del Fondo Nacional de Recursos, el abogado Fernando Torres explicó qué caminos legales tiene una persona cuando el Estado le niega una cobertura médica.

Torres señaló este miércoles 29 a la Contratapa de la Revista de FM GENTE que el punto de partida es que el acceso a la salud y a la vida está garantizado en el artículo 7 de la Constitución, aunque aclaró que “la Constitución no es categórica y utiliza una terminología condicional”.

El medicamento que reclama Moratorio no figura en el formulario terapéutico del Fondo Nacional de Recursos, lo que según Torres sería el núcleo del problema: “Es un medicamento de alto precio que no está cubierto”.

Torres describió dos caminos posibles. El primero es el reclamo ante la JUNASA (Junta Nacional de Salud), la vía administrativa previa. Sin embargo, advirtió que en la práctica resulta inútil: “Es letra muerta”.

El segundo es la acción de amparo, regulada por la ley 16.011, que habilita a cualquier persona a presentarse ante el juez competente “cuando un acto u omisión de la administración afecte un derecho reconocido en la Constitución”. En ese marco, afirmó que “Uruguay es campeón perdiendo en esta situación de cuando se solicita el medicamento, prácticamente el 98, 99% se han perdido”.

En general, la acción de amparo tiene un plazo de caducidad de 30 días. Torres lo explicó así: “A partir de la fecha del dictado del acto me notifican, tengo 30 días para recurrir”. Pero en casos como el de Moratorio, esa lógica no aplica de la misma manera porque no hay un único acto que marque el inicio del plazo. “Es una omisión continua que se extiende en el tiempo. No está determinada por un hecho puntual para poder contar 30 días”, por lo que el plazo “renace todos los días” y puede reiterarse ante cada nueva negativa.

Una vez presentada la acción, los tiempos son breves. Según explicó Torres, el juez toma las primeras disposiciones dentro de las 24 horas, luego se celebra una audiencia donde el Ministerio de Salud Pública presenta su postura, se produce la prueba y se dicta sentencia. Cualquiera de las partes tiene luego tres días para apelar.

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