Marchó un joven  con medio kilo de marihuana
Policial 17:22

Marchó un joven con medio kilo de marihuana

A siete meses de que el gobierno ponga a la venta los primeros cigarrillos de marihuana, en Maldonado un muchacho de 23 años de edad fue procesado por transportar esa droga sin autorización. Llevaba casi medio kilo por lo que no pudo aducir que era para consumo propio, pero igual no perdió su libertad, informó la policía.

El muchacho fue visto por un equipo de la brigada de Hurtos de la Seccional 1ª de Maldonado, en la madrugada de este jueves. Iba en una moto Yumbo Px con motor de 110 centímetros cúbicos.

El chico, J.D., carente de registro alguno anterior por actividad delictiva, también vio a quienes le veían, se puso nervioso y emprendió la fuga.

El cruce de los efectivos policiales y J.D. se produjo en camino Vialidad. J.D. emprendió la fuga hacia Cerro Pelado.

La persecución se extendió por algunos minutos hasta que los efectivos consiguieron detener la huida del muchacho, que llevaba colgada de su cuerpo una mochila.

En el lugar averiguaron identidad, y revisaron el bolso. En su interior encontraron lo que después se confirmaría que eran 476 gramos de marihuana muy prolijamente envueltas en primoroso paquete de nylon.

J.D. fue a dar en menos de un suspiro a la sede de la primera, y horas más tarde a la sede Penal de cuarto turno, donde el titular se pronunció por procesarle por lo dispuesto en la ley 14.294, artículo 31, que sanciona a quien “sin autorización legal, importare, exportare, introdujere en tránsito, distribuyere, transportare, tuviere en su poder no para su consumo, fuere depositario, almacenare, poseyere, ofreciere en venta o negociare de cualquier modo, alguna de las materias primas, sustancias, precursores químicos u otros productos químicos mencionados en el artículo anterior será castigado con la misma pena prevista en dicho artículo”.

No había forma que J.D. escapara a esa descripción, pero todavía le quedaba una posibilidad, alegar que sólo era para consumo personal. Pero el segundo párrafo del artículo 31 de la ley 14.294 le cerró esa ventana también: “Quedará exento de pena el que tuviere en su poder una cantidad razonable destinada exclusivamente a su consumo personal, con arreglo a la convicción moral que se forme el Juez a su respecto, debiendo fundamentar en su fallo las razones que la han formado”. Medio kilo de marihuana no es “cantidad razonable”, opinó el juez con el procesamiento.

Sin embargo, el magistrado dejó a J.D. seguir libre a cambio de guardar estricto arresto domiciliario total por el lapso de 90 días.

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