El denunciado fue detenido para completar la indagatoria e identificado como G.D.A. (iniciales de nombre y apellidos), carente de antecedentes penales.
Completada la averiguación policial, G.D.A. quedó a disposición de la sede de Penal 4º turno. La juez a cargo decidió procesarlo bajo la acusación de haber cometido un delito de violencia privada y un delito de lesiones personales, ambos en reiteración real.
Considerando la condición de primario del acusado, la juez le eximió de ir a prisión, y, como medida sustitutiva le impuso la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima de sus golpizas mientras dure la instancia judicial puesta en marcha con su procesamiento.