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Justicia 00:12

Tribunal de Apelaciones confirmó condena para el homicida del profesor de inglés Edwars Báez

En mayo de 2022, Raúl Marcelo Barboza fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de 30 años de prisión. La Defensa de Barboza presentó un recurso de apelación, pero el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno ratificó el fallo en los últimos días. .

El homicidio del profesor de inglés ocurrió la noche del 9 de julio de 2018.

Los dos hombres signados como los sicarios que dieron muerte al profesor Edwar Vaz fueron contratados en Montevideo por la suma de diez mil pesos. Carlos Alejandro Alberti, de 22 años y poseedor de antecedentes penales cobró 3 mil por encargarse de hablar con el profesor por el portero eléctrico y hacerlo bajar a la puerta de su edificio. Raúl Marcelo Barboza, de 38 años y también poseedor de antecedentes, recibió 7 mil por disparar contra la víctima.

Carlos Alejandro Alberti es consumidor problemático de sustancias. Esa situación generó que se alejara de su familia y de su hogar montevideano y que desde hace un tiempo viva en situación de calle, limpiando vidrios.

Poseedor de al menos un antecedente penal, pronto fue de conocimiento de Guarteche que Alberti merodeaba por su barrio, limpiando vidrios y sin hogar fijo.

Fue la condición de "buena oralidad" de Carlos Alberti fue condenado a 25 años Alberti la que hizo que a la hora de buscar personas que se encargaran de asesinar a Edwar Vaz, Guarteche lo eligiera como un candidato posible.

Y es que Raúl Marcelo Barboza -múltiple reincidente y que estaba cumpliendo pena en Canelones por un delito de hurto especialmente agravado- es la cara opuesta a su compinche del momento.

Barboza es de aspecto tosco, con voz grave y tono áspero, voluminoso de físico. A él fue quien eligió Guarteche para disparar contra Vaz pero sabía que era imposible que con su forma de expresarse y la edad que se trasluce cuando habla fuera capaz de convencer al profesor, portero eléctrico mediante, de que era novio de una amiga de su hija.

Mathías Guarteche, está condenado como cómplice penalmente responsable de un delito de homicidio, en primera instancia y de acuerdo a lo relatado por la fiscalía, tuvo una participación mucho más comprometida en el plan y ejecución que llevó a la muerte de Vaz.

Raúl Marcelo Barboza fue condenado tras una instancia de un juicio en solitario que se llevó por fuera de los otros seis condenados por este caso.

La Fiscalía Departamental de Maldonado de 1° turno, a cargo del fiscal Sebastián Robles y su equipo compuesto por los fiscales adscriptos María Olazabal y Diego Silveira, fue la que dispuso como resultado de un juicio oral, la condena de primera instancia a Barboza.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno, integrado por los ministros José Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, confirmó la sentencia de primera instancia por lo que se condenó a Barboza a treinta años de penitenciaría.

El documento de la sentencia, tal como lo expone Fiscalía General de la Nación, indica que: “En opinión del Tribunal, los medios probatorios allegados a la causa, entre ellos: actuaciones policiales, declaraciones testimoniales, cámaras de vigilancia del CCU, informe médico forense y demás indicios recabados en autos y analizados en la primera instancia, llevan inequívocamente a concluir sin hesitación alguna, que el encausado Raúl Barboza, participó activamente en el acto ilícito que se le imputa en la modalidad y grado expuestos en la hostilizada y por los cuales en definitiva fuera condenado en primera instancia”.

Agrega el documento que “en efecto, el encausado, fue el autor material del hecho delictivo que se le imputó en el primer grado. La calificación delictual y el grado de participación establecidos en el fallo de primer grado son compartidos por la Sala”.

Los ministros expresan que “Atento a lo analizado a criterio de esta Sala, la Fiscalía ha logrado “quebrar el estado de inocencia”, de que gozaba el imputado y ha logrado probar con la certeza requerida inherente a una sentencia de condena, que Barboza, es autor penalmente responsable de un delito de homicidio especial y especialmente agravado, por la premeditación y por el precio o promesa remuneratoria, por lo que además resulta ajustado a derecho la imposición de la pena requerida de treinta años de penitenciaría, que se erige como justo reproche penal, por el delito cometido”.

“En fin, el Colegiado entiende que, en estos autos, se probó fehacientemente la participación y responsabilidad del enjuiciado, así como las aleatorias que se convocaron y el monto punitorio por lo que se rechazaran todos los agravios de la Defensa y se confirmará la recurrida”, concluye la sentencia.


QUIEN ES QUIEN EN ESTE CASO

Lulukhy (Lulu) Moraes, ex esposa de Vaz y madre de sus dos hijos. Dueña de Gipsy Queen, la residencia también conocida como "La Mansión del Sexo", en la que organizaba fiestas swingers. Múltiples testimonios señalan la pésima y turbulenta relación que mantenía con Vaz tras su separación y un reclamo de más de un millón de dólares que el profesor presentaría contra ella habría sido el punto decisivo que impulsó el plan para matarlo. Pareja de Mauro Machado al momento del hecho, durante una audiencia del caso meses atrás dio a conocer que la relación con éste estaba acabada y también sostuvo que había recibido amenazas de su parte.

Denunció ser víctima de malos tratos en la cárcel y relató situaciones de presunta corrupción de funcionarios encargados de la custodia de las presas. Está condenada como coautora penalmente responsable de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de veinticuatro años de penitenciaría.

Carlos Alberti fue condenado a 25 años. Este sujeto fue quien tocó el timbre en la casa de Vaz y habló con él para que bajara. Al suceder esto, Barboza lo ejecutó. Fue condenado como autor penalmente responsable de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de veinticinco años de penitenciaría.

Carlos Mauro Machado, pareja de Lulukhy al momento del homicidio, vivía junto a ella y Leticia en Gipsy Queen. Fue quien integró a Guarteche al plan y al que le encargó buscar a los sicarios. También se encargó de inspeccionar la zona en donde vivía el profesor buscando el lugar más conveniente para estacionar el vehículo en el que trasladaron a los sicarios hasta el edificio. Fue condenado como coautor penalmente responsable de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de veinticuatro años de penitenciaría.

Mathías Emmanuel Guarteche Viera, amigo de la infancia y del barrio de Mauro, en Montevideo. Hasta ahora se conocía su rol de chofer de los sicarios desde y hacia la capital aunque tras la investigación se supo que su participación fue mucho mayor.
Eligió, convenció, contrató, dio instrucciones y pagó a los sicarios, además de encargarse del traslado. Fue condenado como coautor penalmente responsable de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de veinticuatro años de penitenciaría

Franco Silvera, conocido como el jardinero de Gipsy Queen, acompañó a Mauro en las inspecciones por los alrededores del edificio de Vaz y en su auto fue a buscar a los sicarios al punto de encuentro en Playa Mansa hasta donde los había traído Guarteche. Les dio los celulares, los llevó hasta lo de Vaz y luego se encargó de devolverlos al mismo punto donde los aguardaba Guarteche. Desde el inicio del caso dijo haber sido amenazado por Mauro Machado. Condenado como cómplice penalmente responsable de homicidio especial y muy especialmente agravado a la pena de ocho años de penitenciaría.

María Leticia Giachino, "hermana de la vida", como la definió Lulukhy, vivía junto a Moraes en Gipsy Queen y también participaba de la organización de fiestas swingers. Fue quien se encargó de comprar -tratando de disfrazar su identidad- los teléfonos celulares que se les dieron a los sicarios, y que se usaron sólo el día del crimen de Vaz. Está condenada como cómplice de un delito de homicidio especialmente agravado a ocho años de prisión.





(Foto de archivo de una de las audiencias del caso)

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