La Junta Departamental concedió la autorización solicitada por el intendente Enrique Antía para aplicar una multa de 350 unidades reajustables a la plataforma de transporte de pasajeros denominada UBER. El importe de la multa equivale a 506.366 pesos y a unos 12.659 dólares, cifra que se modificará con el paso del tiempo hasta que se verifique el pago de la empresa. El adelanto fue realizado este miércoles por la periodista Laura do Carmo y, este jueves en la Primera Página de La Revista en FM GENTE, se ampliaron detalles. Son 185 vehículos que estuvieron fuera de la normativa prevista.
Por tratarse la multa de un trámite administrativo, la misma podrá ser o no recurrida ante la propia Intendencia y luego ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
La solicitud de anuencia fue votada por la unanimidad de los ediles presentes en el recinto en la sesión comenzada el martes por la noche.
Las actuaciones comenzaron a partir del análisis efectuado por funcionarios municipales de la declaración jurada que las plataformas deben presentar en cada período.
En la citada declaración se tiene que reportar el kilometraje recorrido por las unidades en los meses de enero, febrero y marzo. La declaración presentada por UBER que motivó la aplicación de la multa corresponde al año 2020.
De la declaración se desprende, a título de la Intendencia, que en el citado periodo trabajaron en el departamento conductores y unidades, que, en ambos casos, no se encontraban habilitados como establece la norma que regula en el departamento la actividad de este tipo de plataformas.
Asimismo, la actuación municipal estableció, según la confesión de parte de los conductores, que los vehículos tampoco exhibieron la oblea que los identifica. Por esta razón se estableció una multa de 10 unidades reajustables por cada unidad. Un simple cálculo efectuado a partir del monto total aplicado de 350 unidades reajustables es que fueron 35 los vehículos sancionados por la Intendencia.
DISCRECIONALIDAD
La empresa UBER efectuó los descargos correspondientes asegurando que cumplió con la normativa al remitir el listado de conductores y la solicitud correspondiente para poder trabajar en la zona. UBER sostuvo que la norma legal vigente que regula la actividad de las plataformas de transporte no limita la cantidad de unidades por empresa. “La Intendencia no puede actuar de manera discrecional, sino que debe dictar el acto administrativo de autorización al constatarse los impuestos de hecho y derecho previsto en la norma aplicable”, aseguraron los abogados de UBER.
La Intendencia respondió a este planteo asegurando que el contralor es una potestad discrecional que tiene el gobierno departamental. Luego la Dirección General de Tránsito y Transporte recomendó al Intendente aplicar una multa por 1850 unidades reajustables, el máximo que marca la norma.
(FM GENTE-----Diario Correo)