Este viernes, a las 8 de la mañana, se inició la fiscalización en con el radar ubicado en las Rutas 93 y 37, en Pan de Azúcar, con el fin de controlar la circulación de los vehículos, informó el Ministerio del Interior. El máximo permitido en la zona es de 60 kilómetros por hora, pero habrá una tolerancia de 10 kilómetros. La multa va de 4 a 15 Unidades Reajustables, de acuerdo a la infracción.
Se recordó que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas instaló un radar de velocidad electrónico fijo, próximo a la intersección de las Rutas 93 y 37 en la localidad de Pan de Azúcar, departamento de Maldonado. Este es un punto que registra una siniestralidad importante de la cual la velocidad es una de sus principales causas.
El radar electrónico funciona a través de sensores colocados en el pavimento, cuyos dispositivos registran la velocidad alcanzada y la fotografía del vehículo en infracción. La información es enviada automáticamente a una fuente computarizada de control, a cargo del personal de la Policía Nacional de Tránsito de Maldonado.
Si bien la velocidad máxima autorizada en ese tramo es de 60 km/h, habrá una franja de tolerancia de 10 kms/h, por lo que las notificaciones de contravención se confeccionarán a partir de los 70 km/h.
La fotografía -correspondiente al vehículo que cometa la infracción- estará a disposición de los interesados en el Destacamento de la Dirección Nacional de Policía de Tránsito de Maldonado, sito en Ruta 9 km 94.800 o en nuestra Sede Central en Camino Maldonado 5117.
Se recuerda a los conductores que luego de ser notificados de la infracción cuentan con 10 días para presentar sus descargos.
El importe de la multa es el siguiente:
- de 4 UR si excede menos del 25% de la velocidad autorizada.
- de 15 UR si excede más del 25% de la velocidad autorizada (teniendo como base 60 km/h para ambos casos).
- si el exceso de velocidad supera el doble de lo permitido o más, se dará cuenta del hecho al Juzgado de Faltas que corresponda.
Se comunicó también a la población que solamente se efectivizarán las infracciones que estén debidamente documentadas con la foto del vehículo en la que conste la matrícula, fecha, hora y velocidad a la que circulaba por el punto de control.
Asimismo se reiteró que la Policía Nacional de Tránsito no cobra multas en el lugar donde se constata la infracción, ya sea ruta nacional o dentro de las ciudades. Las mismas se cobran, -exclusivamente, en las oficinas expresamente habilitadas para ello.