Explosión, incendio y muerte en Maldonado: orden judicial disponía acciones que familiares se preguntan por qué no se cumplieron
Interés General 12:30

Explosión, incendio y muerte en Maldonado: orden judicial disponía acciones que familiares se preguntan por qué no se cumplieron

Lilián Beatriz De la Concepción Silva (61), la mujer que el martes por la noche protagonizó un incidente, que se presume puede haber constituido un intento de suicidio, por el que en su casa de calle Mario de Cola hubo una explosión de ambiente seguida de un incendio y posterior derrumbe, “tenía antecedentes familiares de esquizofrenia, presentó conductas sin sentido y violentas” según una sentencia a la que accedió FM GENTE. En el documento, emitido el 3 de marzo, una jueza de Maldonado ordenó que la UEVDG coordinara con psiquiatra de ASSE una consulta y dispuso otras pautas específicas. Familiares de la fallecida se preguntan por qué luego de 13 días de emitida la sentencia De la Concepción no había recibido esa asistencia y si acaso no se hubiera podido evitar la tragedia.

Tras la explosión, el incendio y el derrumbe, De la Concepción fue trasladada al CENAQUE a raíz de las lesiones que sufrió, pero su deceso se produjo en la tarde del miércoles 17.

El caso que involucra a la sentencia interlocutoria a la que accedió FM GENTE fue abordado en el marco del artículo 66 del Código de la Niñez y la Adolescencia (competencia de urgencia) ya que hasta un tiempo antes del desenlace, junto a De La Concepción vivía una hija suya y niñas, menores, nietas de la fallecida.

La sentencia destaca “la excelente actuación del CAIF” en este caso, surgiendo debidamente acreditado que las niñas “han estado viviendo y presenciado escenas de violencia de parte de su abuela materna a tal punto que fue necesaria una intervención para sacarlas de ese hogar con su madre” y fue necesario recurrir a una ONG como hogar transitorio “ante la desesperante situación”.

Por estas razones, la justicia ordenó que la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y de Género (UEVDG) coordinara con ASSE de Maldonado o San Carlos un día y hora de consulta. En este punto, la jueza estableció que “previo a esa consulta, se ingresará al domicilio de la Sra. Lilián Beatriz De la Concepción mediante orden de allanamiento que la suscrita Juez entregará y se procederá al arresto y conducción de dicha abuela a la consulta con psiquiatra”.

La razón de esa orden de la jueza también se explica en la sentencia: “se hace constar que la Sra. De la Concepción tiene antecedentes familiares de esquizofrenia, que ha tenido conductas sin sentido y violentas y que se ha negado reiteradamente a ir a un médico”.

Asimismo, a continuación, deja en claro que las acciones ordenadas debían ser procesadas “a la brevedad posible” ya que, en el mismo acto de llevar a la fallecida al psiquiatra, se debía incautar un objeto propiedad de una de las niñas y que permanecía en casa de su abuela para lo que la justicia dispuso, también, que se solicitara “apoyo a otras unidades policiales ante la posible resistencia de la abuela”.

La sentencia no sólo dispuso la consulta médica, sino que además dejó en claro el proceder posterior, de acuerdo a lo que estableciera el psiquiatra: “una vez se haya realizado la consulta por psiquiatra, se comunicará a la madre de las niñas y a la denunciante (una psicóloga), en forma telefónica, si la señora queda internada o no”.

“En caso que el psiquiatra indique la internación y la señora se oponga, la situación deberá ser denunciada inmediatamente a la suscrita, en forma telefónica, para proceder conforme el artículo 33 de la Ley 19.529”, ordenó la jueza.

La norma referida es la “ley de salud mental” y el artículo 33 es el que permite que “el Juez competente podrá disponer una hospitalización involuntaria cuando cuente con informe médico que la justifique”.

Si De la Concepción era internada, voluntaria o compulsivamente, la jueza previó que su hija y nietas fueran “inmediatamente” reintegradas a su hogar.

No obstante, la jueza también tuvo en cuenta la posibilidad que De la Concepción no recibiera indicaciones de internación y entonces dispuso que eso le fuera comunicado “inmediatamente” para “disponer medidas cautelares de retiro del hogar y prohibición de acercamiento y comunicación hacia su hija y hacia sus nietas”.

Parte de la familia de la fallecida hoy se cuestiona qué sucedió entre el 3 de marzo, cuando fueron emitidas estas órdenes judiciales, y el 16 cuando De la Concepción, casi a la medianoche, habría ocasionado intencionalmente la explosión y a partir de ahí se generaron consecuencias trágicas para otros.

De hecho, la vivienda pegada a la que residía De la Concepción, y que también se derrumbó, pertenece a un hermano suyo, jardinero de profesión y padre de dos hijos adolescentes. Perdieron todo y hay campañas de solidaridad que se implementaron por porte de vecinos y amigos para dotar a esa familia de lo básico durante estos primeros días.

Por su parte, la hija con las nietas, que estaba previsto volvieran al hogar una vez resuelta la situación de la mujer, también quedaron sin vivienda y perdieron varias pertenencias que estaban en la casa. Hasta donde pudo establecer FM GENTE continuaban en el refugio de la ONG al que habían sido trasladadas de forma transitoria.

SIN RESPUESTA
Este jueves, y tras conocer el contenido de esta sentencia, FM GENTE se comunicó con jerarquías de la Jefatura de Maldonado para conocer el trámite de este caso en el ámbito de la UEVDG.

Tras varios intentos, que incluyeron una explicación de que la Jefatura estaba sin electricidad ya que la lluvia había afectado una parte de la instalación eléctrica, y hasta este momento no fue posible obtener una respuesta.

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