Al abonar hasta la fecha mencionada se obtendrá un 6 % de bonificación y a esto se le podrá sumar hasta un máximo de 8 % en el caso de buen pagador -se generará un 1 % adicional hasta alcanzar ese máximo, lo cual estará en función de cada ejercicio en el que se verifique el pago de estos tributos antes del 28 de febrero de cada año-.
El intendente Enrique Antía resolvió fijar el plazo del pago con bonificación del 6 % sobre el monto del impuesto de Contribución Inmobiliaria y tributos que se cobran conjuntamente con éste de la propiedad inmueble urbana del departamento de Maldonado del ejercicio 2017: el período se extenderá entre el 1º y hasta el 31 de enero de 2017.
Asimismo, se podrá abonar pero sin bonificación desde el 1º y hasta el 28 de febrero de 2017 inclusive. A las personas que realicen el pago fuera de esas fechas se les aplicarán las multas y los recargos correspondientes.
En la resolución Nº 09294/2016 también se expresa que por cada ejercicio subsiguiente en el que se verifique el pago de esos tributos antes del 28 de febrero, se generará un 1 % adicional hasta alcanzar el máximo del 8 %. Se aclara que la interrupción del pago en el mes de enero o febrero, aún por única vez, hará perder la bonificación acumulada, la que recién volverá a generarse a razón del 1 % anual a partir del segundo ejercicio en que se verifique consecutivamente.
Por otro lado, se informa que los sujetos pasivos del impuesto de Contribución Inmobiliaria, titulares de inmuebles para los cuales el monto resultante de la adición de este impuesto y demás tributos que se cobran conjuntamente con él sea inferior a $ 16.215, podrán optar por abonar en cuatro cuotas -ajustadas por el IPC- con las siguientes fechas de vencimiento:
A) Cuota Nº 1: hasta el 28 de febrero de 2017.
B) Cuota Nº 2: hasta el 31 de mayo de 2017.
C) Cuota Nº 3: hasta el 31 de agosto de 2017.
D) Cuota Nº 4: hasta el 30 de noviembre de 2017.
Por informes, comunicarse a los teléfonos 4222 1921 (internos 1551, 1552 y 1880) o 4222 3333.