La información también precisaba que había un problema familiar ya que los intervinientes en el siniestro no eran ajenos de relacionamiento.
Resultó que un hombre, identificado como José Bacarí Cabral (35) había empujado a una mujer que circulaba en moto y que era su ex pareja. El empujón provocó la caída y generación de algunas lesiones a la mujer. Fue atendida en el lugar por una unidad de emergencia móvil y la policía comenzó la investigación.
Una situación previa de violencia doméstica y de género entre Bacarí Cabral y la víctima había sido objeto de medidas cautelares impuestas por la justicia. La policía confirmó que el hombre registraba “reiterados delitos de desacato” a esas medidas y, de hecho, sobre él había una orden de detención vigente.
Bacarí Cabral se había retirado del lugar de los hechos por lo que la policía lo ubicó, concurrió a detenerlo y trasladarlo a dependencias policiales. Posteriormente fue sometido a la justicia.
Finalizada la audiencia, en el juzgado penal de 4º turno, se dispuso la condena de José Bacarí Cabral como autor de un delito de violencia doméstica agravado en concurso fuera de la reiteración, con un delito de lesiones personales y reiterados delitos de desacato.
Se fijó una pena de 10 meses de prisión, a cumplirse en régimen mixto: los primeros 2 meses de prisión efectiva y los siguientes 8 meses bajo el régimen de libertad a prueba con condiciones, entre las que figura el porte de dispositivo electrónico desde el momento en que abandone la cárcel.