El Juzgado Penal de 11° Turno lo condenó como autor penalmente responsable de un delito de porte y tenencia de armas en espacios públicos, a la pena de tres meses de prisión, sin embargo será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo.
El arresto domiciliario nocturno de 22 a 06 deberá ser cumplido en un domicilio que deberá comparecer. Asimismo debe someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA y presentarse una vez a la semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio. También deberá prestar servicios comunitarios una vez por semana, durante dos horas diarias.