C.A.D.T. de 37 años de edad, deberá cumplir la pena de 7 días de prestación de trabajo comunitario, por conducir sin la autorización correspondiente.
W.O.M.P. de 55 años de edad, deberá cumplir la pena de 8 días de prestación de trabajo comunitario, por conducir en estado de embriaguez.
Por otra parte, una mujer identificada como L.M.R.B. de 23 años de edad, deberá cumplir 12 días de prestación de trabajo comunitario, por conducir sin libreta habilitante y en estado de embriaguez.
Por otra parte la Magistrada de la Sede de Paz Departamental de 1er turno dispuso que un hombre de iniciales W.M.G.R. de 42 años de edad, cumpla la pena de 7 días de prestación de trabajo comunitario por conducir sin la autorización correspondiente.