Acreedores de Cambio Nelson deben presentarse para ser tenidos en cuenta en el concurso
Interés General 15:00

Acreedores de Cambio Nelson deben presentarse para ser tenidos en cuenta en el concurso

Fernando Cabrera, responsable de los Servicios Jurídicos de la Liga de Defensa Comercial (LIDECO), informó a FM Gente que los acreedores de Cambio Nelson (Camvirey S.A.) deben presentarse ante el juzgado, en un plazo que, en principio, es de 60 días. Quienes no cumplan el trámite, no serán considerados dentro del concurso planteado por el empresario Francisco Sanabria.

El especialista explicó que luego que la justicia aprueba el trámite, “se empiezan a producir todos los efectos que prevé la ley para la declaratoria del concurso”.

“Desde la óptica de los acreedores, el aspecto fundamental es que empieza a correr un plazo de 60 días para que comparezcan en el juzgado a presentar toda la documentación original y solicitar la verificación de su crédito”, agregó.

Dijo que, “a pesar de que un acreedor pueda estar denunciado en la documentación que presenta el deudor cuando pide el concurso, si no pasa por la verificación del crédito, si su crédito no es admitido, no está dentro del concurso, y no puede obtener cobros del mismo”.

Aclaró que los acreedores tienen que presentarse “se encuentren o no en esa lista”, indicando la causa de su crédito “y toda la documentación original en la que se respalde. Sobre eso, quien sea designado interventor es el que se va a pronunciar”.

Cabrera señaló que muchas veces los deudores no se presentan. “SI nos e presentan dentro de este plazo, pueden hacerlo posteriormente e ir a su costo. Es una verificación tardía y el juzgado establece los costos de esa verificación y pasan a ser verificados. El efecto que tiene esto es que, hasta tanto no sean verificados, no pueden participar del concurso”, añadió.

También explicó que en este caso se va a designar “un interventor, porque se trata de un concurso voluntario en el cual hay más activos que pasivos”.

“El interventor va a administrar los bienes conjuntamente con el representante del concursado y además de la verificación del crédito tienen que hacer un inventario de los bines que componen el activo. Si resulta que tiene más pasivos que activos, se revierte y se transforma ese interventor en un síndico”, destacó.

También señaló que quienes cobran primeros son los que tienen prendas o hipotecas. Indicó que luego vienen los acreedores generales, como los de carácter laboral y el BPS por los aportes de los trabajadores, Después vienen los tributos nacionales y municipales y luego el resto, según lo que marca la ley.

Manifestó que “si hubiera viene gravados con prensas o hipotecas, los trabajadores no puede accionar contra ellos”.

Por otra parte, señaló que la fórmula de pago presentada no es la definitiva, que se elabora luego, en una instancia más avanzada del concurso por parte de una Junta de Acreedores, y tampoco rige para los acreedores laborales.

“Cuando se elabore la fórmula definitiva, en el plan de continuidad tiene que establecerse la fórmula en la cual se va a pagar a los acreedores con privilegios”, que incluyen a los que tienen créditos e hipotecas y a los laborales, manifestó.

Cabrera informó qu, según los datos estadísticos, el 25% de los asuntos concursales “terminan en un convenio”, pero el porcentaje se incrementa “y llega al 33% en el caso de los concursos voluntarios”.

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