Derivado a dependencias policiales y enterada fiscalía se culminaron las actuaciones y se sustanció audiencia penal en el juzgado de 11º turno. Finalizada la instancia, M.P.C. (21 y sin antecedentes) fue condenado como autor de un delito de violencia privada agravada.
Se impuso pena de 6 meses de prisión que cumplirá bajo régimen mixto: los 3 primeros meses en prisión efectiva, los siguientes 2 meses en libertad a prueba bajo arresto domiciliario total y el último mes en libertad a prueba bajo condiciones.