La AFIP desconoció el préstamo por no haberse aportado un contrato con fecha cierta o documentación fehaciente que avale la deuda. Por lo tanto, sostuvo que se trataba de un incremento patrimonial no justificado, gravado y sujeto a sanciones diversas.
A fines del año pasado, el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) falló a favor de Susana Giménez por la compra de propiedades en Uruguay.
Se discutía el fondeo al que recurrió la diva para adquirir “La Mary”, propiedad que se encuentra ubicada en Punta del Este.