Según se informó desde la Intendencia “sobre Maldonado y San Carlos hay una determinación normativa acerca de parámetros de edificabilidad que se superponen con independencia respecto de la determinación de áreas urbanas y sub urbanas con zonas suburbanas que pueden y deben ser ocupadas con mayor densidad de acuerdo al informe de la Unidad de Gestión Territorial”.
De acuerdo a lo determinado por la Ley 18.795 de Acceso a la Vivienda de Interés Social, se reglamentaron diversos aspectos para aplicar a la promoción de la vivienda de interés social, mediante el Decreto N° 355/2011 y la Resolución Ministerial MVOTMA 1057/2011. Atendiendo a estos elementos el intendente resolvió remitir al legislativo departamental la iniciativa.
(fuente: IDM)