La nueva determinación del máximo órgano del Poder Judicial establece:
1o.- Créase el Juzgado Letrado de Primera Instancia de San Carlos, el que se declarará constituido a partir del día 19 de febrero de 2024 y actuará en régimen de oficina única.-
2o.- Será competente en las materias civil, trabajo, contencioso administrativo y concursal, y su jurisdicción en estas materias será la correspondiente a la Segunda, Cuarta y Sexta Secciones Judiciales del departamento de Maldonado.-
3o.- A partir de la fecha de creación referida, la jurisdicción de los Juzgados Letrados de Maldonado de 5o y 6° Turnos (Civil, Concursal, Contencioso Administrativo), y 7o y 9° Turnos (Trabajo), será la correspondiente a la Primera, Tercera y Quinta Secciones Judiciales del departamento de Maldonado.-
Sin perjuicio de ello, continuarán con la tramitación hasta su finalización y/o archivo de los expedientes que les fueron redistribuidos por imperio de las Acordadas números 8182 y 8185.-
4o.- Cométese a la Dirección Nacional de la Defensa Pública la reorganización de los Defensores Públicos de forma tal de cubrir los servicios de la nueva sede creada.-
5o.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos a disponer lo pertinente para la realización de las tareas mencionadas y confeccionar las respectivas planillas de turnos en cuanto corresponda.-