L.R.C. (iniciales de nombre y apellidos), de 22 años de edad, carente de antecedentes, deberá realizar trabajos para la comunidad por 10 días. Se le interceptó el paso mientras conducía un vehículo a motor sin tener constancia de haber aprobado el examen como conductor.
W.D.P., de 25 años, sin antecedentes, se le interceptó el paso conduciendo un vehículo a motor sin libreta de conducir. La juez le impuso cumplir ocho días de trabajos para la comunidad.
F.C.G., de 26 años de edad, deberá realizar siete días de trabajo para la comunidad debido a que se le interceptó el paso mientras conducía un vehículo a motor sin poseer la libreta habilitante.
Las condenas fueron notificadas a la oficina de control de penas, la que asignará las labores que cada uno de los acusados deberá cumplir. La juez tampoco dio a conocer en este caso la carga horaria diaria que deberán trabajar los condenados para la comunidad.