Minimercados, estaciones de servicio y 24 horas deberán limitar su funcionamiento estrictamente a la venta de productos
El coordinador de la Dirección General de Gestión Ambiental de la IDM, Carlos Medina, explicó que este tipo de comercios “podrán permanecer abiertos -entre las 00 y las 5 horas- pero tendrán que limitar su funcionamiento exclusivamente a la venta de productos, sin posibilidad de su consumo en los propios establecimientos para así evitar aglomeraciones y atender a una sola persona por vez”.
