A partir de esa fecha, las trabajadoras del sector accedieron al derecho de un feriado pago y no laborable cada 19 de agosto. Las empleadas domésticas tienen derecho a no trabajar y en caso de asistir a tareas habituales su empleador deberá pagar un doble jornal.
En caso de no hacerlo, para las trabajadoras mensuales no corresponde modificar el monto mensual a retribuir, ya que con el pago del mes se está abonando el feriado no trabajado.
Para las jornaleras, si este lunes les corresponde trabajar, pero ejerce el derecho de no hacerlo por ser feriado no laborable, deberá pagarse el jornal simple como si hubiese trabajado, aunque no lo haya hecho.
Según el Banco de Previsión Social (BPS), el 1º de julio el salario mínimo en esta actividad pasó de $ 27.626,3 a $ 27.985 por 44 horas semanales de labor, y 25 jornales mensuales. El laudo mínimo por hora subió de $ 145,34 a $ 147,23.