Alquileres: abogados afirman que la pandemia no es justificativo para dejar de pagar
Interés General 13:00

Alquileres: abogados afirman que la pandemia no es justificativo para dejar de pagar

Los doctores Rodrigo García y Andrés Mendive manifestaron a FM GENTE que “hay que poner la lupa” en las consecuencia contractuales que puede tener esta emergencia sanitaria, causada por la pandemia del coronavirus. Estos abogados brindaron hace pocos días una charla en la Cámara Empresarial de Maldonado, para analizar el escenario del “día después”, o la “nueva normalidad”, que surgirá tras de la emergencia sanitaria.

García dijo a que muchas consultas provienen de las personas que, por esta situación, no pueden trabajar y tiene que pagar alquileres, por ejemplo.

Mendive dijo que “el tema alquileres es el que más preocupación ha generado a nivel de muchos comercios”. Destacó que esta situación no tiene precedentes, ya que las crisis anteriores se debían básicamente a la suba del dólar.

Explicó que en las situaciones precedentes no se permitió incumplir con los alquileres. “Pero esta situación de pandemia” es diferente, porque “nos tomó por sorpresa” por la parálisis mundial que generó.

De todas formas, dijo que “no es justificativo para dejar de pagar un alquiler”, porque por más dificultades que existan “no hay imposibilidad de pagar esa suma de dinero”, está la posibilidad material de hacerlo, afirmó. Dijo que por más que pueda “rechinar, así es la ley”.

En cuanto al cumplimiento de los créditos, García expresó que puede haber “causas de fuerza mayor” para no cumplir con los compromisos. Se puso como ejemplo el cierre de las termas por parte del gobierno, que responde a una causa externa.

Dijeron que eso también puede ser aplicable al pago de las cuotas de los colegios.

Los abogados explicaron que en la hipótesis que el gobierno ordenó “no funcionar” si hay una causa de fuerza mayor y se puede justificar. No obstante en los demás casos no hay una razón para no cumplir, por más oneroso que sea.

De todas formas, aún en los casos justificados, señalaron que hay que ver lo que considera la otra parte.

Precisaron que si es una obligación de dar, como entregar una suma de dinero, hay que cumplir de todos modos; pero si es una obligación “de hacer”, o prestar un servicio, uno se ve liberado de cumplir con ese deber.

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