Ciudadana argentina vendió su casa en Punta Ballena 29 días después de su fallecimiento
Interés General 09:00

Ciudadana argentina vendió su casa en Punta Ballena 29 días después de su fallecimiento

El 12 de mayo de 2015 una mujer falleció en el sanatorio La Trinidad de Buenos Aires después de haber sido ingresada a principios de abril por un coma diabético del que nunca se recuperó. En calidad de único heredero, su hermano tramitó la sucesión en un juzgado de la capital argentina. En medio del trámite fue designado administrador provisorio de la herencia. En esa calidad llegó hasta Punta Ballena donde se emplaza una casa que figuraba en el listado de bienes de la fallecida y presentado en la apertura de la sucesión. Sin embargo, a su arribo se encontró que la casa estaba vendida. El hecho se confirmó con el certificado registral; la casa, de acuerdo al documento, había sido vendida el 11 de junio de 2015, es decir, 29 días después del deceso de su propietaria.

Con la sorpresa de enterarse que su hermana había vendido la casa cuando llevaba casi un mes en la tumba, se profundizó la búsqueda de la documentación del negocio.

Resultó que la escritura de compraventa había sido autorizada por una escribana pública la que, según fue confirmado, empleó un poder extendido en Buenos Aires por las partes. Ese poder notarial estaba datado en la capital porteña el 23 de abril de 2015, es decir, cuando la propietaria llevaba 17 días en coma.

Quedó claro que la firma de la propietaria fue falsificada. En tanto, el poder fue protocolizado en Uruguay por otro escribano de la misma escribanía que había extendido el compromiso de compraventa.

EJECUTIVO DE CUENTAS
El presunto comprador de la vivienda se desempeña como ejecutivo de cuentas de la institución bancaria que tenía como clienta a la legítima propietaria.

De acuerdo a la certificación notarial, el funcionario bancario había pactado con la fallecida un precio de 250 mil dólares por la vivienda de Punta Ballena. De ese total, solo había pagado 40 mil dólares en el acto de firma de la escritura, habiendo declarado que la diferencia la había pagado antes de otorgarse la escritura, a pesar de que no se celebró ni boleto de reserva ni promesa alguna. Indicó, también, que de la escritura surge que el comprador renunció a la obtención de certificados registrales.

El hermano y heredero legal sostuvo que se trata de un negocio trucho o que adoleció de nulidad absoluta, pues no existió consentimiento de la enajenante, circunstancia que no puede verse modificada por la actuación con poder, pues el mandato acaba con la muerte del mandante, la que ocurrió antes de la compraventa.

Además, el hermano aseguró, al pedir la nulidad de la escritura, que, en el caso, existió causa ilícita pues la compraventa fue un paso en una maniobra mayor, que consistió en el apoderamiento ilícito de todo el patrimonio de la fallecida, cuyas cuentas bancarias fueron vaciadas.

Después del 6 de abril de 2015, fecha en que la propietaria legal fue encontrada inconsciente en su casa, el ejecutivo bancario autorizó retiros y transferencias, incluso después de la muerte de aquélla, ordenadas por otra persona, hasta retirar de la cuenta de la mujer la suma de U$S 617.000.

El hermano denunció que la casa fue el premio recibido por el funcionario bancario por haber entregado los 617 mil dólares al otro involucrado. La maniobra no solo incluyó la casa en Punta Ballena y los 617 mil dólares. También alcanzó a dos inmuebles en la República Argentina

BANDA
La abogada querellante, María del Carmen Salazar, dijo a Correo de Punta del Este y a FM GENTE, que se trata de una maniobra realizada en ambas márgenes del Río de la Plata para quedarse con la casa en Punta Ballena, el dinero depositado en un banco de la zona y otros dos inmuebles en Buenos Aires.

De la estafa participaron varias personas además del funcionario bancario que autorizó el retiro del dinero. En Argentina fueron condenadas cuatro personas por esta maniobra. En Uruguay la justicia archivó la denuncia contra el funcionario bancario.

TRÁMITE
La demanda civil solicitando la anulación de la escritura fue tramitada ante el juzgado letrado civil de 6º turno de Maldonado. La primera sentencia fue dictada el 29 de marzo de 2019. El citado fallo amparó la demanda al declarar la nulidad de la compraventa de la casa de Punta Ballena. Además, el funcionario fue intimado a entregar el bien al legítimo heredero en un plazo no mayor a treinta días y fue condenado a pagar el lucro cesante por los 17 mil dólares que la finca producía cada verano al ser alquilada. Sin embargo, en segunda instancia, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3º turno declaró la nulidad de lo actuado por la justicia de Maldonado y ordenó que el expediente pasara a otro juez.

La parte actora, ejercida por la abogada María Del Carmen Salazar, interpuso un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. El máximo órgano de justicia anuló el fallo en segunda instancia. Y quedó firme el primero.





Marcelo Gallardo, Correo de Punta del Este y FM GENTE
foto: Puntaweb
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