Las instituciones tienen dos años para adecuarse y formar equipos especializados, tanto para adultos como para niños.
Con la firma de la ministra Cristina Lustemberg y el presidente Yamandú Orsi, el Ministerio de Salud Pública (MSP) reglamentó la ley que consagra el acceso universal a los cuidados paliativos como un derecho para todas las personas con enfermedades graves y avanzadas.
La norma establece que todas las instituciones que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán responder a las solicitudes de cuidados paliativos en un plazo máximo de 48 horas. A su vez, deberán conformar equipos especializados —incluyendo equipos pediátricos—, sin importar el tamaño de su población usuaria. Las entidades con menos de 20 mil afiliados también deberán contar con un equipo básico para garantizar la atención.
La ley fija cuatro obligaciones para los prestadores de salud: difundir este derecho entre sus usuarios, disponer de información clara y accesible en puntos de atención y plataformas digitales, diseñar un plan de asistencia adaptado a su padrón de usuarios y establecer Unidades de Cuidados Paliativos (UCP) y Equipos Soporte (ES).
Además de asegurar el acceso universal, el sistema deberá proporcionar una atención integral, continua y adaptada a las necesidades físicas, emocionales, sociales y espirituales de los pacientes. Las instituciones deberán contar con recursos logísticos, diagnósticos y terapéuticos adecuados para cumplir con esta atención.
Actualmente, el 68% del país cuenta con cobertura en esta área, aunque siete departamentos aún no disponen de cuidados paliativos pediátricos. Según Lustemberg, la reglamentación busca revertir este déficit y ampliar el alcance de la atención.
En el caso de pacientes internados, la reglamentación obliga a flexibilizar el acceso de familiares a las salas, priorizando situaciones como sedación o agonía. También se contempla el derecho a la visita de menores de edad, siempre que la condición médica del paciente y la voluntad del niño o adolescente lo permitan.
La ley incluye una lista amplia de patologías que habilitan el acceso a cuidados paliativos, entre ellas enfermedades oncológicas, insuficiencia cardíaca, enfermedades neurológicas, hepáticas y pulmonares crónicas, demencias, VIH-Sida, y patologías pediátricas como distrofia de Duchenne o trastornos neurodegenerativos.