Aunque se aprobó en 2014, sigue sin aplicarse la nueva ley que regula la tenencia de armas. Ignacio Ballabio, del Club de Tiro de Punta del Este y director del Centro de Capacitación en materia de seguridad y del polígono de tiro instalado en la Ruta 39, dijo a FM Gente que el problema es que falta de la reglamentación, por diferencias surgidas entre los ministerios de Defensa e Interior. Alertó que ahora se corre el riesgo que la reglamentación no apunte al espíritu de la ley, con el que todos los actores coinciden, sino directamente al desarme.
Ballabio señaló que la nueva ley sobre tenencia de armas, la 19.247 aprobada en 2014, aún no entró en vigencia, porque establecía un plazo de un año para regir, luego que se aprobara su reglamentación.
Explicó que ese problema se generó porque “no se logró un acuerdo para la reglamentación entre los ministerios que deben intervenir, que son Defensa e Interior”.
Señaló que todos los actores involucrados en esta temática consideraron que “era una ley necesaria y todos la apoyaron. Nadie está en desacuerdo”.
Destacó que esta norma “sanciona al tenedor ilegal de armas, al igual que al que hace algún tráfico ilícito, ya sea interno o con el exterior”.
“El tema es que está por salir una reglamentación que no coincide con el espíritu de la ley. Pasa de ser una ley para regular y para hacer más estricto con la tenencia y el comercio ilegal a una reglamentación directamente de desarme”, sostuvo.
Resaltó que, “en lo medular, toda arma larga que sea semiautomática mayor a calibre 22, pasaría ser prohibida”.
“Un rifle calibre 22 semiautomático está autorizado, pero uno 2-23 está prohibido… Y está prohibido a tal punto que lo mandan inutilizar y no sacándole una pieza, sino perforando la recámara y tapando el caño. Y la ley no preveía eso”, explicó.
También señaló que reduce la tenencia de armas “de cinco años a tres”. Además establece que cada persona habilitada “podrá adquirir tres armas como máximo” y obliga a fundamentar ante la autoridad policial en caso que quieran comprarse un número mayor, por lo que se depende del criterio que establezca cada uno de los jefes de Policía de los diferentes departamentos del país. “O sea que puede haber 19 criterios”, señaló.
Indicó que en las reuniones que se vienen realizando en el órbita del Ministerio del Interior se están haciendo aporte a los efectos de que, cuando salga, “esta reglamentación no sea inaplicable”.