La llamada se produjo ya que otro familiar fue testigo y alertó a los padres que estaban en el interior del domicilio.
La familia salió detrás de González Martínez y en ese momento, un móvil que patrullaba en la zona, intervino al percatarse de la situación.
El tío fue derivado a dependencias policiales y el pequeño devuelto a sus padres; en declaraciones a fiscalía el hombre dijo que sólo iba a presentarle el niño a sus amigos, pero los padres del chico aportaron otros datos sobre la relación familiar.
Tras la instancia judicial del caso, el magistrado penal dispuso la condena de González Martínez como autor de un delito de violación de domicilio en concurso fuera de la reiteración con un delito de sustracción de menores de edad.
La pena a cumplir será de 5 meses de prisión efectiva.
Jonathan Edgardo González Martínez posee los siguientes antecedentes penales:
21/04/2017: un delito de hurto agravado en grado de tentativa (sin prisión)
03/06/2017: presunta comisión de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa (con prisión)
30/07/2019: un delito de desacato por incumplimiento a medida cautelar (con prisión)
16/05/2020: un delito de hurto agravado en grado de tentativa (con prisión)