El hombre, que conducía una moto, sufrió varias lesiones de gravedad. Estuvo internado en CTI, debió ser intervenido quirúrgicamente y someterse a otros tratamientos. Para su recuperación la mutualista debió invertir una suma de $709.828, según se desprende de la demanda.
La mutualista entiende que la conductora debe pagar ese gasto ya que fue la responsable del siniestro al no respetar una señal de tránsito. De acuerdo a lo expuesto, la mujer salía del supermercado Devoto e intentó ingresar a la avenida Bulevar Artigas donde existe una rotonda, pero no respetó el cartel de pare y embistió “violentamente” a la moto.
Sin embargo, la demandada argumenta que el siniestro ocurrió porque el motociclista circulaba con exceso de velocidad y que debe tomarse en cuenta esa incidencia. Además, señala que el monto reclamado no es justificado por la mutualista quien no describe las lesiones sufridas ni detalla los procedimientos médicos que debieron hacerle al conductor.
La resolución de la Justicia en una sentencia en primera instancia determinó que la demandada no respetó la preferencia del conductor de la moto y que no se detuvo como le correspondía ante el cartel de pare. La condenó a pagar la suma reclamada, $ 709.828, que asciende este año a $ 840.542.
Esa condena fue apelada y recientemente el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2 ° Turno confirmó la sentencia pero ordenó que la suma de dinero sea revisada por un procedimiento incidental.
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