“Sujetos obligados, significa a reportar operaciones inusuales o sospechosas. Se entiende por esto, todas aquellas operaciones que, hayan sido realizadas o no, sean inusuales para la actividad de que se trata. O representen una complejidad inusitada, no tengan una justificación económica o legal aparente”, explicó Gutiérrez Córdoba.
Pero para poder reportar las operaciones se requiere previamente tomar una serie de medidas que los sujetos obligados deberán conocer a partir de la fecha de entrada en vigencia del decreto reglamentario, es decir, el lunes próximo.