Un hombre de 20 años de edad, sin antecedentes delictivos, golpeó en el rostro a su pareja, esta le denunció, un juez le procesó por lo hecho, pero le dejó libre considerando su condición de primario, aunque la información policial no dice nada de que se haya dispuesto la prohibición para que se vuelva a acercar a la mujer agredida.
Como la información policial coloca el caso, el magistrado consideró de mayor peso para su pronunciamiento inicial la condición de primario del agresor, que la seguridad futura de la víctima.
Todo pasó en Pan de Azúcar. Una mujer se presentó en la sede de la Seccional 3ª de policía para formalizar una denuncia. Tenía su rostro magullado por golpes. La denuncia era contra su pareja, J.M.L., de 20 años de edad, carente de cualquier antecedente delictivo.
La mujer sólo estableció que J.M.L. la había agredido físicamente, y no necesitaba explicar mucho por el hematoma que lucía en su rostro.
Avisado el juez en lo Penal de 2º turno de Maldonado, este dispuso que se hiciera un reconocimiento forense para dejar formalizadas las pruebas de la agresión.
J.M.L. fue detenido y conducido al mismo magistrado, quién en las últimas horas dispuso el procesamiento del acusado como autor de un delito de lesiones personales.
El juez determinó que J.M.L. no debía cumplir con prisión preventiva atendiendo su condición de primario, la pena probable por la tipificación que se le hizo de su forma de actuar, pero tampoco aplicó ninguna medida de resguardo para la seguridad futura de la mujer.
Foto: archivo