A.S.T. fue enviado a una evaluación psiquiátrica ordenada por la sede judicial, debido a las características de la violencia que ejercía con su ex mujer. El psiquiatra recomendó que A.S.T. fuera internado en el pabellón de Psiquiatría del hospital de San Carlos. Además de internarlo en psiquiátrico, A.S.T., se le impuso la prohibición de vincularse de cualquier forma con la denunciante.
La mujer volvió a presentar denuncia contra A.S.T. El procesado la había llamado por teléfono, violando la prohibición que le habían impuesto, y profirió nuevas amenazas contra ella. Además, había dicho a una tercera persona que estaba dispuesto a fugarse del psiquiátrico para ir a propinarle una buena paliza, otra más.
Según la denunciante, A.S.T. había dicho a otras personas en el psiquiátrico que después de la paliza la iba a matar, a ella y sus dos hijas. Cerraba la amenaza asegurando que una vez que hubiera hecho esto, se quitaría la vida.
Esta nueva denuncia devolvió a A.S.T. a la sede Penal 10º turno. El juez a cargo revisó el caso y dispuso procesarle bajo la acusación de haber incurrido en desacato en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito continuado de violencia privada, todo en reiteración real, con un delito continuado de atentado agravado como autor inimputable.
El magistrado dispuso que el acusado fuera internado en el hospital Psiquiátrico, esta vez en Montevideo.