La presidenta del BPS, Jimena Pardo, explicó en diálogo con FM GENTE que la normativa apunta especialmente a micro y pequeñas empresas, aunque permitirá regularizar deudas de quienes tengan obligaciones pendientes con el organismo.
“A fines de setiembre se implementa una nueva ley de facilidades de pago que se acaba de aprobar en el Parlamento”, señaló.
Pardo destacó que actualmente el BPS tiene un nivel de morosidad bajo.
“El BPS hoy no tiene un nivel de morosidad importante, de los menores de la historia. El que tiene es un 2,5% sobre lo que debería cobrar en 2025”, explicó.
Sin embargo, señaló que en determinadas situaciones es necesario contar con leyes especiales para que las empresas puedan regularizar sus obligaciones.
“Cada tanto, por más que la morosidad hoy no es alta en el BPS, es bueno tramitar una ley especial que permite más instrumentos para que una empresa que, por ejemplo, en la pandemia eventualmente no es que es una incumplidora serial, sino que es una empresa que entró en dificultades en la pandemia, hoy pueda regularizar con mejores instrumentos o con mayores facilidades”, sostuvo.
La nueva normativa permitirá regularizar las deudas con distintas condiciones según la situación de cada empresa.
“Cualquiera que tenga una deuda con BPS la puede regularizar, pero en especial está dirigida a micro y pequeña empresa hasta 19 empleados dependientes”, explicó Pardo.
La ley establece tres facilidades principales: no fija una cuota mínima, permite un período de gracia para comenzar a pagar y establece una tasa de financiación inferior a la que regía anteriormente.
“Va a tener un interés de financiación mucho más conveniente que el que estaba vigente con el Código Tributario: es de un 2% contra más del 9% que era el que fijaba el Código Tributario”, señaló.
En el caso de empresas unipersonales sin empleados, las deudas podrán financiarse hasta en 72 cuotas.
“Si la empresa es unipersonal y no tiene empleados, hay más facilidades. Esas deudas se pueden financiar hasta en 72 cuotas y con reglas de menor interés porque son deudas que no tienen empleados dependientes”, explicó.
Cuando existen empleados dependientes, las condiciones son diferentes.
“Cuando hablamos ya de deudas con empleados dependientes, en general se es más duro con la deuda del empleado dependiente porque son beneficios para otras personas”, indicó.
Pardo explicó que el capital de los aportes podrá financiarse hasta en 36 cuotas, mientras que la actualización del aporte y el interés de financiación podrán llegar hasta 72 cuotas.
“Obviamente depende del caso particular, pero allí lo que se hace en general es suscribir un convenio que para algunos conceptos puede tener hasta 72 cuotas”, concluyó.