ASSE, hospital ojos, indemnización
Interés General
18:30

Fue a operarse de cataratas, le cambiaron el lente que le iban a colocar sin consultarle y ASSE deberá pagarle 5000 dólares

La indemnización inicialmente había sido fijada en 20.000 dólares.

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Una mujer fue operada de cataratas en el Hospital de Ojos José Martí en 2020 con un lente diferente al que había sido acordado para la intervención. La Justicia entendió que ASSE deberá indemnizarla porque no tuvo la posibilidad de decidir si aceptaba el cambio antes de que se realizara la operación.

Según informó El País, la paciente había sido citada para recibir un lente intraocular plegable, cuya compra había sido gestionada por el propio hospital. Sin embargo, cuando la cirugía ya había comenzado, el equipo médico constató que el insumo no estaba disponible y resolvió utilizar un lente rígido que sí se encontraba en el centro.

Para colocar ese lente fue necesario realizar una incisión más grande en la córnea. La paciente sostuvo que el cambio le provocó nuevos problemas de visión y llevó el caso ante la Justicia.

La situación ocurrió el 31 de julio de 2020. La mujer tenía una miopía elevada desde su nacimiento y había desarrollado cataratas. Años antes había sido operada del otro ojo en una clínica privada, donde le habían colocado un lente plegable.

En el juicio también se detectó que la historia clínica electrónica registró que se había colocado el lente plegable, aunque la documentación del insumo demostró que finalmente se utilizó uno rígido.

Una pericia médica señaló tres problemas durante la intervención. El primero fue que no se verificara antes de comenzar que estuvieran disponibles el tipo y la potencia del lente previsto. El segundo fue el registro incorrecto en la historia clínica. El tercero estuvo relacionado con un episodio de hipertensión ocular durante la cirugía, para el que fue necesario administrar medicación.

Sin embargo, el perito concluyó que no podía atribuirse al lente rígido, a la ampliación de la incisión ni a la hipertensión ocular la maculopatía que padecía la paciente. También señaló que un lente rígido puede utilizarse para una cirugía de cataratas, aunque en este caso el plegable era la opción más adecuada.

En primera instancia, ASSE había sido condenada a pagar US$ 20.000: US$ 15.000 por daño moral y US$ 5.000 por gastos médicos. La administración apeló la decisión.

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3er Turno entendió que no estaba probado que el cambio de lente hubiera provocado la pérdida de visión o la maculopatía. Por ese motivo, eliminó los US$ 5.000 correspondientes a los gastos médicos.

Pero mantuvo una parte de la condena por otro motivo: la paciente no pudo decidir si aceptaba que se modificara el procedimiento previsto.

Los ministros consideraron que la cirugía no era una situación de urgencia y que, antes de utilizar un lente diferente, la mujer debía recibir información sobre el cambio y sus consecuencias. Al no hacerlo, ASSE afectó su derecho a decidir sobre su cuerpo y su salud.

Por esa vulneración, el Tribunal fijó una indemnización de US$ 5.000, más los intereses legales desde el día de la operación. La sentencia dejó sin efecto el resto de la condena establecida en primera instancia.
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