El nuevo órgano local de la península deberá instalarse dentro de los 60 días siguientes a que la Junta Departamental sancione el decreto de creación.
La resolución de De los Santos señala textualmente: “Pase a la Junta Departamental de Maldonado con opinión favorable de este Ejecutivo, comprometiéndose a su instalación (con la correspondiente designación de sus integrantes) en el plazo de 60 días a partir de la sanción del Decreto de creación que dicte esa Junta”.