Pena que deberá cumplir bajo el régimen de libertad vigilada, debiendo el imputado cumplir con las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde será posible la supervisión de la OSLA y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial. Sujetarse a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina. Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado. Además, deberá cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez. Finalmente, los dos primeros meses deberá cumplir arresto domiciliario nocturno en el horario de 22:00 a 06:00.
Condenaron a un hombre que fue detenido portando un arma de fuego
En la madrugada del sábado un hombre salía de una casa en bicicleta en la calle Caracara de Maldonado, y al ver a la policía volvió a entrar a la vivienda. Esto generó la sospecha de los efectivos, quienes minutos más tarde en la calle José Bivar, lo intervinieron y le incautaron un arma tipo pistola calibre 22.
El sujeto de iniciales L.M.R de 36 años, fue detenido y en una audiencia judicial fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de Tráfico Interno de Armas de Fuego y un delito de Porte y Tenencia de Armas de Fuego en lugares públicos, en régimen de reiteración real, a la pena de ocho meses de prisión con descuento de la detención sufrida.
Pena que deberá cumplir bajo el régimen de libertad vigilada, debiendo el imputado cumplir con las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde será posible la supervisión de la OSLA y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial. Sujetarse a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina. Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado. Además, deberá cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez. Finalmente, los dos primeros meses deberá cumplir arresto domiciliario nocturno en el horario de 22:00 a 06:00.
Pena que deberá cumplir bajo el régimen de libertad vigilada, debiendo el imputado cumplir con las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde será posible la supervisión de la OSLA y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial. Sujetarse a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina. Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado. Además, deberá cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez. Finalmente, los dos primeros meses deberá cumplir arresto domiciliario nocturno en el horario de 22:00 a 06:00.
Firma editorial:
Redacción FM GENTE
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