Ni el fiscal ni el juez tuvieron en cuenta la retractación que, dos meses después, realizó el procesado. Dijo que no había estado en Maldonado la madrugada que la joven fue vista por última vez en la Rinconada de Piriápolis, el 19 de enero de 2007.
Pero Ohanián entendió que el joven ofreció “detalles verosímiles que únicamente quien estuvo en el lugar y participó del hecho puede conocer”. Agrega, en otro pasaje, que R.B.B. actuó con “conducta homicida” y que, dada su personalidad, mató a Natalia cuando ésta se negó a besarlo. “B. B. al ser rechazado por la joven perdió el control de sus actos y le dio muerte. Esta es la conducta que su intrincada personalidad le impuso”, indica el documento.
(Acceda al texto completo de la sentencia difundida por la Suprema Corte de Justicia en el link Documentos)