¿Treinta y seis gramos de droga lo envían a prisión?
Policial 15:27

¿Treinta y seis gramos de droga lo envían a prisión?

Un hombre sin antecedentes penales que había sido señalado por alguien como distribuidor de drogas en un asentamiento de San Carlos, fue procesado con prisión después que le encontraron 36 gramos de una substancia que la policía presume es cocaína, dijo un vocero de la Policía a FM Gente.

El procesamiento, dictado en las últimas horas, cierra un caso que se abrió el 22 de diciembre cuando personal de la seccional 2ª de San Carlos allanó una vivienda de un asentamiento ubicado en el kilómetro 19,5 de la Ruta 39.

En el procedimiento se incautó una balanza, una lata con varias láminas de nylon cortadas para hacer paquetes pequeños de algún tipo de substancia, y un envoltorio de 36 gramos de un polvo que el vocero policial definió que pudo “tratarse de cocaína”, lo que no da seguridad ni siquiera de que fuera droga.

El procedimiento se realizó a partir de una información reservada, dijo el informante policial, lo que supone una delación dentro del submundo en el que se desenvuelven los actores de diversos delitos, pero tampoco se establece mayor precisión sobre la procedencia de ese dato que se convirtió en pista determinante del caso.

Con la información policial del caso y los implementos secuestrados, la juez letrado de San Carlos ordenó el procesamiento con prisión de M.J.M.M. Para la juez, M.M. violó el artículo 31 del decreto 14.294, que establece la prohibición de importar, exportar, introducir en tránsito, distribuir, transportar, tener en su poder, almacenar, poseer, ofrecer a la venta o negociar, drogas.

El mismo artículo establece que “quedará exento de pena el que tuviera en su poder una cantidad mínima, destinada exclusivamente a su consumo personal”, lo que no termina de aclarar si los 36 gramos de la substancia incautada en el procedimiento fue la prueba determinante del procesamiento.

La magistrado dijo también que M.M. violó el artículo 3 de la ley de estupefacientes que sustituyó al decreto 14.294, el que establece que está prohibida “la plantación, el cultivo, la cosecha, y la comercialización de cualquier planta de la que puedan extraerse estupefacientes u otras sustancias que determinen dependencia física o psíquica”.

La información policial no aclara si tan siquiera se confirmó que esos 36 gramos de polvo envuelto incautados en el allanamiento eran una sustancia que determine dependencia física o psíquica a quien la consume.

Otra persona, también sin antecedentes penales, con iniciales J.D.A.C., fue conducida ante la juez por vinculada al mismo caso. Se determinó su procesamiento con prisión por violación a la ley de estupefacientes, al haber quebrantado la prohibición de ofrecimiento en venta o negocio de cualquier modo de droga.
Z.L.

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