Reclama el uso de su imagen en una publicidad de Punta Systems lanzada en el año 1994, cuando tenía 7 años. Según su fundamentación, el contrato con la empresa era para una campaña publicitaria puntual, sin embargo, se continuó utilizando su imagen en televisión, cartelería, folletería, etc. Aduce que la empresa se apropió de la imagen y construyó toda su publicidad sobre ella, que aparecía incluso en la página web de la firma.
Además, reclama que en el 2006 intimó al cese de la utilización de su imagen y que esto no se cumplió.
De ser favorable la sentencia, Lopilato reclama una indemnización millonaria más los costes y costas procesales que pueda disponer el magistrado actuante.
(Foto: Gustavo Descalzi)