La junta en primera instancia no lo entendió así y se aplicó solamente el ajuste del 2,7%, lo que generó el reclamo de los trabajadores y se mantuvo la posición entendiendo que son conceptos distintos.
Ahora la justicia en una sentencia definitiva de primera instancia “resolvió hacer lugar al reclamo desde el primero de enero del 2006 hasta el momento del pago efectivo”, según Díaz Inchausti.